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Bogotá, D.C., 9 de septiembre de 2024.
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Cláusula:
Los AMP son mecanismos de agregación y centralización de demanda para Entidades estatales que tienen como propósito la provisión de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización. En este sentido, puede existir una potencialidad de que estos instrumentos generen restricciones a la libre competencia económica para los proveedores de bienes y/o servicios. Sin embargo, dicha limitación se encuentra justificada en desarrollo de los artículos 333 y 334 de la Constitución Política.
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