Protección a la Competencia

La Delegatura para la Protección de la Competencia recomendó al Superintendente de Industria y Comercio sancionar a un agente del mercado y a una persona natural por la comisión de prácticas restrictivas de la libre competencia.
La Delegatura para la Protección de la Competencia recomendó al Superintendente de Industria y Comercio sancionar a cuatro agentes del mercado y a dos personas naturales por la comisión de prácticas restrictivas de la competencia.
La Superintendencia de Industria y Comercio emitió recomendaciones sobre el proyecto de resolución en el cual se incorporan las reglas que permiten realizar los Proyectos de Investigación en desarrollo de los Proyectos Piloto de Investigación Integral sob
SIC formuló pliego de cargos en contra de FARMALATAM COLOMBIA S.A.S. por presuntamente fijar precios inequitativos de geles antibacteriales durante el marco de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19.
La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de INMADICA ANDINA S.A. por una posible restricción a la libre competencia económica
La Superintendencia de Industria y Comercio realizó recomendaciones sobre el proyecto de resolución relacionado con la aplicación de mecanismos alternativos de regulación denominado Sandbox Regulatorio.
La Superindustria autorizó la operación de integración entre AGENCIA DE VIAJES Y TURISMO AVIATUR S.A.S. (en adelante, AVIATUR) y CHICO TOURS LTDA (en adelante, CHICO TOURS).
La Superintendencia de Industria y Comercio emitió una decisión sancionatoria en contra del Colegio Federación Colombiana de Optómetras – FEDOPTO y nueve personas que ocupaban cargos administrativos directivos en la asociación.
La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra una persona jurídica y ocho personas naturales por presuntas infracciones a la libre competencia en procesos de selección contractual.
La Superintendencia de Industria y Comercio realizó recomendaciones sobre el proyecto que establece los requisitos sanitarios que debe cumplir el azúcar para consumo humano que se fabrique, almacene, transporte, importe y comercialice en el territorio nac
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