La Superintendencia de Industria y Comercio realizó recomendaciones sobre el proyecto de resolución relacionado con la aplicación de mecanismos alternativos de regulación denominado Sandbox Regulatorio.
La Delegatura para la Protección de la Competencia emitió concepto de abogacía de la Competencia Económica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, frente al proyecto de Resolución “Por la cual se adiciona el Título XII a la Resolución CRC 5050 de 2016 aplicación de mecanismos alternativos de regulación”- Sandbox Regulatorio-, diseñado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones de Colombia – CRC-, como mecanismo que permitirá a los proveedores autorizados por la CRC: i) probar productos, servicios y soluciones con un marco regulatorio flexible; o ii) Lograr un conjunto de exenciones regulatorias por un periodo de tiempo y geografía limitados.
Dicho Sandbox Regulatorio, como mecanismo alternativo de regulación basado en la experimentación supervisada, tiene el objetivo de generar innovación en cualquier aspecto de la prestación de redes y servicios de telecomunicaciones dentro del territorio colombiano y ampliar la oferta de servicios en pro del bienestar de los consumidores colombianos. Su estructuración, la primera en el país en temas de telecomunicaciones, resulta ser una gran estrategia para impulsar la transformación digital y promueve el acceso eficiente de todos los ciudadanos, en igualdad de oportunidades, a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
A propósito de la figura de los Sandbox regulatorios, la OCDE (2018)[1], resalta que este tipo de mecanismos regulatorios: “Ofrecen una mayor seguridad a las empresas innovadoras, facilitando un espacio para la experimentación de los gobiernos que buscan facilitar su desarrollo (…) permitiendo así la innovación en igualdad de condiciones para todas las interesadas, a la vez que se controlan las consecuencias del fracaso”. Específicamente, esta Superintendencia encuentra que esta iniciativa regulatoria fomenta la libre competencia económica en el sector de las redes y telecomunicaciones del país en la medida en que, de lograrse un desarrollo exitoso, los agentes del mercado invertirán en el país y proveerán productos nuevos, con mayor calidad a precios más bajos. Esto generará bienestar a los colombianos mediante la circulación de bienes y servicios que brinden soluciones eficientes, a precios de mercado.
Es preciso señalar que el buen desarrollo de este mecanismo prevendrá o eliminará restricciones que puedan interferir en los esfuerzos competitivos de las empresas por ofrecer una variedad de bienes y servicios en lugares en donde no existía dicha oferta en el país y minimizará las posibles distorsiones en el mercado de las TIC, en la medida en que se trata de un experimento controlado que generará información de primera mano que le permitirá al gobierno colombiano tomar decisiones objetivas en materia de regulación, reduciendo los posibles costos de transacción asociados con la intervención del Estado en la economía.
Este fue precisamente el interés de la Superintendencia de Industria y Comercio al recomendar a la CRC (i) diseñar e incluir indicadores que permitan evaluar objetivamente la idoneidad del proponente que entre al Sandbox; (ii) solicitar a los aplicantes, dentro de los indicadores negativos asociados al criterio llamado “Beneficios para los ciudadanos”, que especifiquen los efectos negativos que las iniciativas a presentar podrían generar en la competencia o en el beneficio de los consumidores; y (iii) definir e incluir una metodología objetiva de evaluación que especifique cuáles son los criterios específicos que deben cumplir los interesados para hacer parte del mecanismo de regulación y así evitar el uso de criterios subjetivos a la hora de evaluar, criterios estos últimos que posiblemente limitarían la participación de ciertos agentes del mercado.
[1] OCDE (2018), Estudios Económicos de la OCDE: Costa Rica 2018, Éditions OCDE, París.