La Superintendencia de Industria y Comercio declaró que LATINOAMERICANA DE FILTROS JM S.A.S. incurrió en los actos desleales de confusión, imitación y explotación de la reputación ajena dispuestos en la Ley 256 de 1996, toda vez que, LATINOAMERICANA DE FILTROS JM S.A.S. realizó las siguientes actuaciones: I) comercializó productos que no cumplen con los estándares de calidad de la accionante bajo las marcas CHEVRON; II) se presentó al público como distribuidor «Máster» de CHEVRON PETROLEUM COMPANY
La Superintendencia de Industria y Comercio negó la solicitud de registro de la marca SENTRY (nominativa) para distinguir productos de la clase 19 de la Clasificación Internacional de Niza. Durante el trámite, la Entidad analizó la oposición presentada por MECANELECTRO S.A.S., titular de las marcas SENTRY y HOME SENTRY, quien alegó tanto riesgo de confusión como notoriedad de su signo.
El Instituto Distrital de Ciencia, Biotecnología e Innovación en Salud (IDCBIS) obtiene la concesión de una patente mediante la Resolución 97003 del 24 de noviembre de 2025 para un método que permite obtener matrices dérmicas acelulares libres de material genético, reduciendo el riesgo de rechazo inmunológico en trasplantes de piel (solicitud NC2022/0005963).
La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución 95457 de 2025 impuso una sanción a SODIMAC COLOMBIA S.A. por la suma de $611.054.592 por no informar acerca de las características esenciales de los productos en su página web y las condiciones para el ejercicio del derecho de retracto.
La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución 86504 de 2025, impuso una sanción a DIRECTV COLOMBIA LTDA (DIRECTV) por la suma de $445.440.000 tras comprobar que la empresa no atendió de manera efectiva, integral y definitiva la favorabilidad reconocida a uno de sus usuarios mediante una decisión empresarial emitida el 20 de diciembre de 2022.
La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó la sanción impuesta a la propietaria de una Estación de Servicio ubicada en la ciudad de Pereira, por incumplir el deber de información pública de precios previsto en el artículo 26 de la Ley 1480 de 2011.