El Registro Nacional de Bases de Datos (en adelante RNBD) es una herramienta que materializa la transparencia porque de manera abierta y libre permite que cualquier ciudadano consulte la información sobre todas las bases de datos inscritas en el mismo. Por eso, las organizaciones que tengan el deber de inscribir sus bases de datos en el RNBD deben cumplir con tal presupuesto de manera oportuna y en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012.

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La suplantación de identidad consiste en hacerse pasar por otra persona para diversos propósitos: engañar a terceros, obtener bienes y servicios con cargo a la persona suplantada, incurrir en fraudes y otro tipo de conductas ilícitas. Debe tenerse en cuenta que, aunque una situación de suplantación afecta a la persona suplantada de diferentes maneras, desde la perspectiva de “datos personales” esta Superintendencia solo puede actuar si la información no es veraz ni comprobable, según disponen los artículos 17 y 18 de la Ley Estatutaria 1266 de 2008. 

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Protección de la Competencia

¿Qué hacemos?

Funciones - Protección de la Competencia

La Delegatura para la Protección de la Competencia previene e investiga conductas restrictivas de la competencia y vela por proteger la Libre Competencia Económica en todos los mercados del país.

Los propósitos principales de la Delegatura para crear una cultura de competencia a través de las funciones preventivas y correctivas de los mercados son, el bienestar de los consumidores, la eficiencia económica en los mercados nacionales y la libre participación de las empresas en los mercados.

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Jornadas y cursos al alcance de todos los colombianos a través de la oferta del Grupo de Formación de la SIC

La Superintendencia de Industria y Comercio SIC, a través del Grupo de Formación, lleva a cabo una oferta de jornadas y cursos, que buscan acercar la oferta de servicios de la entidad a la ciudadanía.   

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Bogotá D.C., 7 de julio de 2022. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad única de competencia, sancionó a ALIANZA MAYORISTA S.A.S.  (“ALIMA”), DISPRESCO S.A.S. (“DISPRESCO”) e INTERNACIONAL DE ABASTOS Y LICORES S.A.S. (“INTERLICORES”) luego de que esta Autoridad probara que estas se cartelizaron e implementaron un sistema que restringió la libre competencia en el mercado de distribución de los licores producidos por la FABRICA DE LICORES DE ANTIOQUIA (FLA) en el departamento de Antioquia, entre 2010 y 2022.

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