La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), como autoridad en materia de Propiedad Industrial, concedió el registro de la marca nominativa JESSI URIBE, al cantante de música popular cuyos éxitos han llegado a varias generaciones de nuestro país. La marca fue concedida para identificar productos o servicios ubicados en las clases 9 y 41 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales comprenden la organización de espectáculos musicales televisivos, radiofónicos o teatrales, la producción de películas y discos pregrabados, entre otros.
- Además, esta Autoridad ordenó a las empresas que informen a los consumidores las opciones de reembolso por la cancelación, aplazamiento o reprogramación de espectáculos públicos durante la pandemia.
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Las agencias de protección al consumidor de los países de la Alianza del Pacífico, organizaron el conversatorio titulado “La protección al consumidor digital en La Alianza del Pacífico: avances y desafíos”. El objetivo de este espacio fue compartir y reflexionar respecto de los desafíos, y las prácticas de cada país para resguardar los derechos de las y los consumidores en materia de comercio electrónico, además de abordar los próximos desafíos en el mercado digital.
El certamen virtual procura reunir a todos los sectores productivos del país a fin de ampliar los conocimientos del área de la informática forense.
Con el nombre de “Revolución, innovación y herramientas en pro del mundo digital: cambios y desafíos potenciales en medio de una pandemia”, la Superintendencia de Industria y Comercio realizará el II Foro de Informática Forense, el próximo 2 de septiembre de 2021.
La Superintendencia de Industria y Comercio, en su calidad de autoridad única en materia de libre competencia económica, archivó la investigación administrativa iniciada por medio de la Resolución No. 80403 del 15 de diciembre de 2020 en contra de TAXI IMPERIAL S.A.S. (en adelante, “TAXI IMPERIAL”) por haber presuntamente incurrido en las conductas establecidas como abuso de posición de dominio en los numerales 3 y 6 del artículo 50 del Decreto 2153 de 1992 (ventas atadas y obstrucción de acceso a los mercados o canales de comercialización).
El Consejo de Estado se pronunció respecto de los actos administrativos de Cobro Coactivo proferidos para hacer efectivo el pago de la sanción impuesta a la Cooperativa de Vigilantes STARCOOP C.T.A., señalando que, contrario a lo manifestado por el demandante, las resoluciones que dieron lugar a la sanción si constituían un título ejecutivo, a pesar de estar en discusión ante el contencioso administrativo.