La Superintendencia de Industria y Comercio declaró que LATINOAMERICANA DE FILTROS JM S.A.S. incurrió en los actos desleales de confusión, imitación y explotación de la reputación ajena dispuestos en la Ley 256 de 1996, toda vez que, LATINOAMERICANA DE FILTROS JM S.A.S. realizó las siguientes actuaciones: I) comercializó productos que no cumplen con los estándares de calidad de la accionante bajo las marcas CHEVRON; II) se presentó al público como distribuidor «Máster» de CHEVRON PETROLEUM COMPANY

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La Superintendencia de Industria y Comercio negó la solicitud de registro de la marca SENTRY (nominativa) para distinguir productos de la clase 19 de la Clasificación Internacional de Niza. Durante el trámite, la Entidad analizó la oposición presentada por MECANELECTRO S.A.S., titular de las marcas SENTRY y HOME SENTRY, quien alegó tanto riesgo de confusión como notoriedad de su signo.

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