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  • La orden administrativa es de carácter preventivo e inmediato y exhorta al Alcalde Mayor de Cartagena para que determine la procedencia o no del cierre de los establecimientos destinados a la prestación del servicio de alojamiento.
  • La Superindustria solicitó acompañamiento a la Procuraduría General de la Nación para verificar el cumplimiento de las órdenes.

 

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La SIC avisa a la comunidad la publicación del aviso  que informa  la existencia de la Acción Popular (Protección de los Derecho e Intereses Colectivos),  identificada con el número de radicado 25000-23-41-000-2019-00566-00 que cursa en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Primera, siendo ponente el Señor Magistrado, Doctor Fredy Ibarra Martínez 

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Bogotá, D.C., 26 de febrero de 2020. El Superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto González, suscribió la carta de intención y compromiso de participar en el proyecto Global Quality and Standards Programme (GQSP) Colombia a cargo de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI).

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Protección al Consumidor, Protección de Datos Personales y Propiedad Industrial son algunos de los temas con que el Grupo de Formación de la Superintendencia de Industria y Comercio inició sus labores en el 2020.

En Bogotá, por ejemplo, se realizó el primer ciclo de “Aprende con la SIC”  que incluyó los temas relacionados con los derechos y deberes de los consumidores y la importancia de conocer y entender la protección de los datos personales como derecho fundamental.

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El Carnaval de Barranquilla, celebración declarada por la UNESCO como Obra Maestra del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad, es un ejemplo de legalidad en Colombia, pues desde 1995 registró su marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

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ASEGÚRATE FÁCIL LTDA no demostró que había solicitado y conservado el consentimiento previo, expreso e informado del Titular para tratar los datos personales        que le conciernen. El silencio, las casillas “pre marcadas” por defecto, la inacción no constituyen consentimiento bajo la Ley 1581 de 2012. En esas situaciones, es prácticamente  imposible determinar de forma objetiva si el Titular ha dado o no su consentimiento sobre la base de una decisión libre e informada.

 

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