El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la legalidad de las resoluciones mediante las cuales la Superintendencia de Industria y Comercio impuso condicionamientos a la Empresa de Energía de Bogotá en su participación en la compra de acciones de ISAGEN.
La EEB alegaba vulneración al debido proceso, uso de pruebas reservadas y una interpretación indebida del control empresarial, sosteniendo que su participación en Emgesa y Codensa era minoritaria y sin poder decisorio.
En atención a la consulta formulada por el Tribunal de Ética Médica de Antioquia, la Oficina Asesora Jurídica, analizó la obligación de inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) cuando se ostenta la calidad de responsable del Tratamiento. El pronunciamiento desarrolla el ámbito de aplicación de la Ley 1581 de 2012 frente a entidades públicas y personas jurídicas que ejercen función pública, así como su articulación con la Ley 1712 de 2014 en relación con la información pública clasificada y los datos personales.
La Oficina Asesora Jurídica se pronunció sobre el alcance de la Circular Externa 002 de 2025, relativa a los procesos de transferencia de tecnología que involucren datos personales o tecnologías destinadas a su tratamiento. El análisis aborda la aplicación territorial de la normativa frente a responsables y encargados ubicados en el extranjero que tratan datos de titulares en Colombia, así como la distinción entre transferencia y transmisión internacional de datos personales.
La Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de la función de abogacía de la competencia prevista en el artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, emitió concepto frente al proyecto normativo del Ministerio de Salud y Protección Social orientado a establecer mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud con enfoque territorial y poblacional.
La Superintendencia de Industria y Comercio emitió concepto de abogacía de la competencia respecto del proyecto de resolución del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural orientado a someter el ARROZ PADDY verde y su equivalente en seco al régimen de libertad regulada de precios, estableciendo precios base diferenciados por zonas productivas y parámetros técnicos de referencia para su comercialización.
La presentación de cinco registros de signos conformados por la forma de un paquete tradicional de papas chip fue negada por la Delegatura para la Propiedad Industrial al encontrar que su registro podría perpetrar, facilitar o consolidar el acto de competencia desleal de imitación sistemática de prestaciones ajenas generando confusión sobre el origen empresarial y aprovechamiento indebido de la reputación ajena.
COMUNICACIÓN CELULAR S.A. – COMCEL demandó a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P.
La Superintendencia de Industria y Comercio conoció un proceso de protección al consumidor relacionado con un vehículo que presentó múltiples fallas durante su uso, frente a lo cual el proveedor sostuvo que no existía incumplimiento de la garantía, al considerar que las afectaciones no recaían de manera reiterada sobre un mismo componente.
La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución No. 108920 del 30 de diciembre de 2025, decidió la investigación administrativa adelantada contra COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. (CLARO), con ocasión de una denuncia presentada por una usuaria beneficiaria del programa estatal “Navega TIC – Última Milla Móvil”.
La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución No. 3878 del 21 de enero de 2026, resolvió el recurso de apelación interpuesto por D1 S.A.S. contra la sanción impuesta por incumplir las obligaciones del régimen de seguridad de productos.