Glosario
Clave para comprender nuestros términos. Explora nuestro glosario completo donde definimos conceptos clave relacionados con normativas, procesos y servicios. Simplificamos el lenguaje técnico para que puedas navegar con confianza a través de la información. Aseguramos que todos estén en la misma página, promoviendo la claridad y comprensión en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
Palabra, frase o leyenda utilizada como complemento de una marca solicitada o registrada con la cual se usará para una misma clase de servicios/productos concedidos en la marca.
Actividad para probar el valor de los perjuicios cuyos conceptos fueron reconocidos en la condena del proceso de competencia desleal.
Documento físico de índole publicitario por medio del cual se informa a los usuarios la inscripción de las afectaciones a los registros marcarios cuya información se ve reflejada en la base de datos de propiedad industrial.
Integran la Red Nacional de Protección al Consumidor, por mandato legal, las alcaldías, las autoridades del orden nacional con funciones de protección al consumidor, el Consejo Nacional y los Consejos Departamentales de Protección al Consumidor, las ligas y asociaciones de protección al consumidor y la Superintendencia de Industria y Comercio, quien ejerce la secretaría técnica.
Todo signo que sirva para distinguir el origen o cualquier otra característica común de productos o servicios pertenecientes a empresas diferentes y que lo utilicen bajo el control de un titular.
Signo destinado a ser aplicado a productos o servicios cuya calidad u otras características han sido certificadas por el titular de la marca.
Es aquella que está integrada únicamente por una figura o un signo visual que se caracteriza por su configuración o forma particular.
Son aquellas marcas integradas por un elemento denominativo o verbal y un elemento figurativo en combinación.
Es cualquier signo que identifique a una actividad económica, a una empresa o a un establecimiento mercantil.
Norma Técnica aprobada o adoptada como tal por el Organismo Nacional de Normalización, teniendo en cuenta las disposiciones establecidas en el Código de Buena Conducta Para la Elaboración, Adopción y aplicación de normas de la OMC contenido en el Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio.