Tribunal Administrativo del Valle del Cauca afirmó que productos con cubiertas falsas son engañosos

Tribunal Administrativo del Valle del Cauca afirmó que productos con cubiertas falsas son engañosos

Al estudiar en segunda instancia la sanción impuesta a Tecnoquímicas por comercializar procutos preempacados en empaques engañosos, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca concluyó que los argumentos esbozados en la demanda, no lograban desvirtuar la legalidad de los actos administrivos cuestionados, en tanto no se demostró que la SIC hubiese interpretado de forma errónea, las reglas aplicables a la información debida al consumidor en la comercialización de productos preempacados.

Al revisar el caso el Tribunal indicó que conforme a lo dispuesto por la Resolución 16379 de 2003, se puede extraer que, si un consumidor no puede ver el producto en un embase preempacado, se asumirá que éste está lleno del producto en cuestión. Por ello, si se comercializa un producto usando empaques que cuentan con fondo, paredes, tapa o cubierta falsos, se considerará que estos son productos engañosos. Por ello, la Sala respaldó la decisión adoptada por la SIC al sancionar el incumplimiento de las normas aplicables para productos preempacados, en tanto la investigado usó empaques con cubiertas engañosas.

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