Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma naturaleza legal de los conceptos técnicos del MinMinas

Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma naturaleza legal de los conceptos técnicos del MinMinas

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la legalidad de los actos administrativos sancionatorios expedidos por la Superintendencia de Industria y Comercio contra SODIMAC COLOMBIA S.A., los cuales se fundamentaban en el incumplimiento de los requisitos del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) de parte del comercializador. La sentencia concluyó que la SIC actuó dentro de sus competencias de inspección, vigilancia y control, conforme a la Ley 1480 de 2011 y el Decreto 4886 de 2011, y que no se configuraron causales de nulidad ni falsa motivación. Además, los conceptos técnicos emitidos por el Ministerio de Minas y Energía sobre equivalencias no tienen carácter vinculante ni modifican las exigencias del RETIE, por lo que no exoneran a los distribuidores de cumplir con los parámetros técnicos vigentes.

Asimismo, se descartó la violación del derecho de defensa, dado que SODIMAC tuvo oportunidad de presentar descargos y recurrir las decisiones, las cuales se fundamentaron en pruebas válidas obtenidas durante la inspección. La Sala precisó que el incumplimiento de los parámetros técnicos del RETIE constituye un riesgo potencial para la seguridad eléctrica, sin necesidad de que se materialice el daño para imponer la sanción. 

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