Tribunal Administrativo de Cundinamarca avala condiciones impuestas por la SIC a la EEB en operación de ISAGEN.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca avala condiciones impuestas por la SIC a la EEB en operación de ISAGEN.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la legalidad de las resoluciones mediante las cuales la Superintendencia de Industria y Comercio impuso condicionamientos a la Empresa de Energía de Bogotá en su participación en la compra de acciones de ISAGEN.
La EEB alegaba vulneración al debido proceso, uso de pruebas reservadas y una interpretación indebida del control empresarial, sosteniendo que su participación en Emgesa y Codensa era minoritaria y sin poder decisorio.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca desestimó la demanda y concluyó que la actuación de la SIC se ajustó a la legalidad. Precisó que el control en materia de competencia, conforme al Decreto 2153 de 1992, es más amplio que el societario y permite identificar influencia determinante, incluso mediante poder de veto. En ese marco, validó que la EEB tenía una ventaja estratégica en Emgesa y Codensa que implicaba riesgos de coordinación en el mercado. Asimismo, avaló el uso de herramientas económicas para anticipar riesgos de concentración y concluyó que los condicionamientos -reordenamiento del portafolio e independencia de juntas- eran medidas proporcionales, idóneas y necesarias para proteger la libre competencia.