Servicios turísticos
Servicios turísticos
En el presente concepto, se precisa que las personas que prestan el servicio de alquiler de habitaciones por semanas o días son consideradas como prestadores de servicios de vivienda turística y para tal fin deben cumplir unos requisitos establecidos por en la Ley 300 de 1996 y en el Decreto 1074 de 2015, como, por ejemplo, estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo.
La Superintendencia de Industria y Comercio tendrá la facultad administrativa para llevar las investigaciones contra los prestadores de servicios turísticos por las infracciones a la Ley 300 de 1996.
Archivos adjuntos
21-28052_VIVIENDA TURÍSTICA PARA BOLETÍN.pdf
(410.31 KB)