Se debe informar a la SIC sobre las operaciones de integración, fusión, consolidación o de control
Se debe informar a la SIC sobre las operaciones de integración, fusión, consolidación o de control
Se recuerda que, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, los empresarios estarán obligados a “(…) informar a la Superintendencia de Industria y Comercio sobre las operaciones que proyecten llevar a cabo para efectos de fusionarse, consolidarse, adquirir el control o integrarse cualquiera sea la forma jurídica de la operación proyectada” y que el concepto de control en el derecho de la competencia difiere sustancialmente de la subordinación societaria de que trata el Código de Comercio.
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