Los portales de contacto no hacen parte de la relación de consumo, ¿Quién responde ante los consumidores?
Los portales de contacto no hacen parte de la relación de consumo, ¿Quién responde ante los consumidores?
El comercio electrónico implica la existencia de una relación de consumo que se desarrolla a través de medios digitales, de la cual, participan consumidores, productores y proveedores. Sin embargo, existen otro tipo de actores como los portales de contacto que, sin detentar alguno de esos roles, ponen a disposición una plataforma electrónica para que, a través de esta, los compradores y proveedores puedan celebrar relaciones de consumo.
Ahora bien, la Ley ha impuesto a los portales de contacto el deber de exigir a los proveedores y productores, información suficiente sobre su identificación y datos de contacto, en aras de que los consumidores puedan, recurrir directamente a estos para exigir el cumplimiento de sus derechos e intereses.
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