Superindustria ratifica multa EPS Sanitas por alteración de formularios y no responder oportunamente los reclamos de los ciudadanos.
La Delegatura para la protección de datos personales ratificó multa a E.P.S. SANITAS S.A.S. por ochocientos noventa y cuatro millones trescientos sesenta y cinco mil doscientos ochenta pesos m/cte ($894.365.280). La E.P.S. fue multada el año pasado por infringir los deberes legales señalados en los literales a), d) y g) del artículo 17 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012. Esa decisión fue ratificada mediante la Resolución 77049 de 30 de noviembre de 2020 en donde se resolvió el recurso de apelación.
En el caso, un ciudadano se quejó porque algunos de sus datos personales que poseía la EPS fueron modificados, causándole perjuicios. Durante la actuación administrativa se comprobó la modificación del formulario de afiliación del Titular, cambiando el municipio de residencia (Bogotá) a uno distinto (Tabio) al que él había reportado inicialmente (Bogotá). Todo lo anterior ocurrió sin la Autorización de la persona. Todo lo anterior originó que el Titular fuera trasladado a otra institución prestadora de salud- E.P.S. FAMISANAR en el municipio de Tabio, causándole no solo la pérdida del proceso que llevaba para la asignación de una cirugía, sino la obligación de desplazarse de Bogotá a Tabio para poder recibir los servicios de salud.
Adicionalmente, el ciudadano tuvo que presentar varias solicitudes a la EPS SANITAS para que corrigieran su información. Dicha EPS se demoró diez (10) meses y once (11) días en corregir los Datos de la persona, cuando el término máximo para rectificar información es de 15 días hábiles.
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