Superindustria protege los derechos de los pasajeros por imponer cláusulas abusivas.

La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de su Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales, declaró que la aerolínea Iberia incluyó cláusulas abusivas en sus contratos de transporte aéreo. La decisión se originó en el caso de una pasajera, a la que se le negó el abordaje porque la aerolínea exigía la presencia del titular de la tarjeta de crédito con la que se compró el tiquete, así como el plástico físico utilizado para la transacción.

El tiquete había sido adquirido por la madre de la pasajera, quien era mayor de edad mediante su tarjeta de crédito. Al no poder presentarse personalmente en el aeropuerto, la madre envió a Iberia una declaración juramentada, certificando que había autorizado la compra, lo que descartaba cualquier sospecha de fraude. Sin embargo, Iberia mantuvo su exigencia y no permitió el embarque de la pasajera.

Radicado 23-245342 (Sentencia Oral del 3 de abril del 2025). 

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