SIC ordenó a Avantel S.A.S suprimir los datos del titular que usaba para contactarlo telefónicamente con fines comerciales.

El reclamante solicitó a la Superintendencia de Industria y Comercio la protección de su derecho de hábeas data, en especial, por la no atención a su solicitud de eliminación de su número celular de las bases de datos de dicha sociedad la cual usa con fines comerciales.

Mediante queja el ciudadano puso en conocimiento de esta Superintendencia la petición que había presentado ante la sociedad Avantel S.A.S. solicitando la eliminación de sus datos, en especial la eliminación de su número de teléfono para dejar de recibir llamadas con ofertas comerciales.

Una vez oficiado a la entidad en comento para que se pronunciara sobre los hechos materia de investigación la sociedad Avantel  S.A.S., manifestó no tener en sus bases de datos información vinculada con el titular, así como tampoco contar con dichos datos en su fuerza de Televenta y demás distribuidores, sin embargo no allegó prueba que demostrara dichas afirmaciones, por lo que esta Superintendencia procedió a ordenar a dicho prestador de servicios de telecomunicaciones, la eliminación de los datos personales que poseyera del ciudadano de sus bases de datos personales.

 

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