SIC confirmó la sanción impuesta a una operadora de turismo por utilizar publicidad engañosa, cláusulas abusivas y omitir información a los consumidores en los planes turísticos que se ofrecen.
La Delegatura para la protección al consumidor confirmó la Resolución No. 12752 de 2018 que sancionó a la Operadora de Turismo Holiday Experiences S.A.S por utilizar publicidad engañosa, cláusulas abusivas y omitir información a los consumidores en los planes turísticos que se ofrecen.
La decisión se da tras adelantar una investigación administrativa en la que mediante requerimientos de información se logró identificar conductas que afectan directamente a los consumidores, como lo son, ofrecer planes promocionales omitiendo información sobre los términos y condiciones para acceder a ellos; no informar de manera clara y suficiente sobre el alcance y los efectos de los contratos suscritos con los consumidores; establecer cláusulas abusivas dentro de los mismos y ofrecer bonos promocionales con información incompleta.
Así mismo, la Superintendencia encontró que la empresa se anunciaba como operadora de servicios turísticos prepagados y oficina de representación turística, cuando en realidad sólo se encontraba inscrita como Agencia de Viajes y Turismo, induciendo en error a los consumidores sobre la verdadera naturaleza de sus servicios.
De otra parte, dentro del contenido de la sanción también se ordenó a la operadora de turismo, informar a los consumidores de marea clara, concreta y completa las condiciones reales de los contratos con el fin de prevenir que se siga vulnerando los derechos de los consumidores.