SIC abre investigación por presunto acuerdo de precios en el mercado de transporte fluvial de carga

La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional competencia, mediante la Resolución No. 74366 de 2021, formuló pliego de cargos contra las empresas: SOCIEDAD DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE BOLIVAR Y CESAR S.A. y SERVICIO FLUVIAL DE BOLIVAR Y CESAR S.A.S., por presuntamente haber celebrado y ejecutado un acuerdo de fijación de precios para igualar las tarifas en la prestación del servicio de transporte fluvial de carga en la modalidad de transbordo de vehículos entre Gamarra (Cesar) y Morales (Bolívar). 

Además, la Superintendencia formuló pliego de cargos contra siete (7) personas naturales vinculadas con las empresas investigadas. Lo anterior, para determinar si habrían colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado, los comportamientos investigados. 

Conforme con el material probatorio recaudado en la averiguación preliminar, SOCIEDAD DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE BOLIVAR Y CESAR S.A. y SERVICIO FLUVIAL DE BOLIVAR Y CESAR S.A.S., habrían celebrado y ejecutado un acuerdo de precios con la finalidad de igualar sus tarifas en la prestación del servicio de transporte fluvial de carga en la modalidad de transbordo de vehículos entre Gamarra, Cesar y Morales, Bolívar. Así, las empresas habrían equiparado las tarifas en 15 de los servicios que ofrecían a los consumidores. El acuerdo anticompetitivo se habría celebrado en el año 2018 y su ejecución se habría materializado entre finales de 2018 e inicios de 2019, momento en el que ambas empresas elevaron gran parte de las tarifas ofrecidas a los consumidores para la adquisición de sus servicios, y se habría ejecutado hasta (por lo menos) enero de 2021. 

Con estas conductas, SOCIEDAD DE AGRICULTORES Y GANADEROS DE BOLIVAR Y CESAR S.A. y SERVICIO FLUVIAL DE BOLIVAR Y CESAR S.A.S., habrían violado lo dispuesto en la prohibición general prevista en el numeral 1 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992, por haber acordado los precios del servicio de transporte de carga fluvial entre los municipios de Gamarra (Cesar) y Morales (Bolívar). 

La Superintendencia podrá imponer multas hasta de CIEN MIL SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (100.000 SMLMV) por cada infracción al régimen de libre competencia y a quienes colaboren, faciliten, autoricen, ejecuten o toleren las conductas anticompetitivas, hasta DOS MIL SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (2.000 SMLMV) por cada infracción. 

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