Se sanciona a comercializador por vender medicamentos que superaban el precio máximo de venta permitido
La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal confirmó la sanción impuesta a un comercializador por infringir lo dispuesto en el artículo 1 de la Circular No. 11 de 2020, emitida por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, al haber quedado probado que excedió el precio máximo de venta permitido para el producto “TRESIBA – Insulina Degludec 300Ul/3ml (100Ul/1ml) – Líquido/Sólido – Inyectable x 1 – NOVO NORDISK”.
En el marco de la discusión, la investigada argumentó inexistencia de la infracción al haber expedido una nota crédito ajustando el valor cobrado en exceso, argumentando junto a ello el acaecimiento de un error. Frente a ello, este Despacho recordó que, la devolución de recursos percibidos, a través de la figura contable de notas crédito, no desaparece o extingue el incumplimiento. Así, evidenciado el registro de mayor valor de venta de medicamentos cuyos precios de fijados, se vulnera el régimen de control en perjuicio del sistema general de salud.
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