Se debe garantizar que la etiqueta permanezca en el producto hasta que este llegue a manos del consumidor

La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal confirmó la sanción impuesta a un importador de autopartes, quien estaba ingresando al mercado nacional un producto (bandas para frenos), cuya etiqueta no contenía toda la información exigida por el regulador. Al analizar el asunto bajo estudio, se determinó que la obligación de suministrar información a los consumidores a través del etiquetado se constituye como un mecanismo idóneo para superar el desequilibrio contractual en el que se encuentran los consumidores respecto de los empresarios. 

Adicionalmente, no es suficiente con que el producto cuente con etiqueta cuando se encuentre en custodia del importador, sino que además es su deber adoptar todos los mecanismos idóneos y necesarios para garantizar que la etiqueta se encuentre disponible cuando el producto llegue a manos del consumidor.

 

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