Prevalencia del elemento terapéutico en la administración concomitante o secuencial de ingredientes activos.

La simple mención de una composición farmacéutica en un caso en el que prevalece la divulgación de los elementos relativos al tratamiento terapéutico, tales como la dosis y el régimen de administración se considera divulgación insuficiente del producto reivindicado, razón por la cual, la Oficina emitió una decisión desfavorable frente al reconocimiento del derecho exclusivo que otorga la patente de invención.

El hecho de que se indique que dos ingredientes activos se administran de manera concurrente o se combinan al momento de la administración o, eventualmente, como ocurre en el presente caso, se administran en la forma de un tratamiento que antecede a otro, no significa que se esté ante el diseño de una composición farmacéutica verdadera en la forma de una única formulación farmacéutica o unidad de dosificación. De la divulgación que acompaña la solicitud de patente, identificada con el radicado bajo el N° 16049573 se advierte que prevalece el elemento terapéutico, en la forma de un régimen de administración; por lo que la Oficina concluyó que no había evidencia del diseño de un producto farmacéutico en la divulgación inicialmente presentada y denegó el privilegio de patente al concluir que la solicitud incumplió las prescripciones normativas del artículo 28 de la Decisión 486, en los términos de la Resolución N° 38242 del 22 de junio de 2021.

 

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