Mediante sentencia judicial la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales condenó a la sociedad PROMOTORA INMOBILIARIA MADERA S.A.S., por violación al deber de información
Mediante sentencia del 2 de junio de 2020, en el marco de un proceso judicial de acción de protección al consumidor, se determinó que PROMOTORA INMOBILIARIA, MADERA S.A.S., había vulnerado los derechos del consumidor, toda vez que cobró sumas adicionales a la consumidora bajo la denominación de “prima de ajuste”.
En la decisión que puso fin al proceso se encontró probado que PROMOTORA INMOBILIARIA, MADERA S.A.S., no había cumplido con la entrega del bien inmueble en las fechas pactadas, existió un retraso de un año en las obras, y pese a ello, sin haber informado de manera previa y suficiente, generó el cobro de una cuota extraordinaria que denominó “prima de ajuste”. En la sentencia se reiteró que es deber del empresario informar de manera clara los precios, por lo tanto, ordenó a la demandada que se abstenga de cobrar la mencionada cuota extraordinaria “prima de ajuste”.
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