La SIC recuerda que los reglamentos técnicos son disposiciones de orden público y obligatorio cumplimiento

La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, confirmó la sanción impuesta a un consorcio encargado de administrar un hotel en la ciudad de Barranquilla. Lo anterior, al encontrar que la instalación eléctrica y el sistema de iluminación del establecimiento estaba a disposición del usuario final, a pesar de no dar cumplimiento a los requisitos contenidos en los reglamentos técnicos de instalaciones eléctricas y de iluminación (RETIE y RETILAP). Tal escenario, puso en evidencia el inminente riesgo al que se encontraban expuestos los usuarios de la edificación. 

El consorcio sancionado explicó que permitió que el hotel continuara abierto al público mientras se realizaban las obras de remodelación en la instalación eléctrica y en el sistema de iluminación, porque dicha posibilidad quedó contemplada en el contrato de concesión. Frente a ello, la Delegatura recordó que las disposiciones consagradas en los reglamentos técnicos son de orden público, siendo los requisitos allí contemplados de obligatorio cumplimiento. En ese sentido, el Despacho fue enfático en señalar que al margen de las estipulaciones contractuales que se hubiesen establecido, a las sociedades pertenecientes al consorcio les correspondía dar cabal cumplimiento a las disposiciones establecidas en los reglamentos técnicos.

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