El solicitante tiene la carga probatoria de demostrar el nivel inventivo de una patente.
El Consejo de Estado determinó que los actos administrativos proferidos por la SIC que negaron la patente de invención para la creación denominada Desulfuración oxidativa de combustibles fósiles con ultrasonido no eran nulos, al estar debidamente sustentados en los artículos 14 y 18 de la Decisión 486 de 2000.
Así mismo y aunque la parte demandante solicitó una prueba pericial para demostrar el nivel inventivo de la creación, desistió de ella al no pagar las expensas requeridas. Por tanto, no aportó pruebas técnicas suficientes para desvirtuar el análisis realizado por la oficina nacional de patentes, que concluyó que la solicitud carecía de nivel inventivo. Por ello, recordó la Sala que teniendo en cuenta que la carga probatoria recaía sobre la demandante, los actos administrativos gozan de presunción de legalidad al no aportarse pruebas que desvirtuarán su legalidad.
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