Deber de garantizar el ejercicio pleno y efectivo del derecho de hábeas data al atender las solicitudes de supresión de datos personales.

En el caso estudiado, la denunciante señaló que luego de haberse solicitado la supresión de los datos personales en varias oportunidades ante Directv Colombia LTDA., dicha sociedad hizo caso omiso a su solicitud, y por el contrario siguió tratando sus datos personales.

 

Así las cosas, dentro de la investigación adelantada por la Dirección de Investigaciones de Protección de Datos Personales de esta Superintendencia, se determinó que efectivamente la investigada hizo caso omiso a la solicitud de supresión efectuada por la Titular, puesto que a pesar de no tener un vínculo contractual, Directv Colombia LTDA continuó tratando sus datos personales.

 

Por lo expuesto, la Dirección impuso una sanción equivalente a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, decisión que es susceptible de los recursos de reposición y de apelación.

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RE5501-2019.pdf

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