El reclamante solicitó a la Superintendencia de Industria y Comercio la defensa de su derecho a la protección de sus datos personales, en especial, al referente a la supresión de sus datos personales, debido a la negativa manifestada por una Arquidiócesis frente a la solicitud presentada para que se retirara su información personal de los libros de bautizo de una Parroquia.
La ANH recibió comentarios por parte de terceros con ocasión de la convocatoria del “Proceso Permanente de Asignación de Áreas para la exploración y explotación de hidrocarburos”, (el “Proceso”), en los cuales se indicó que los siguientes aspectos cohonestaban conductas contrarias a la libre competencia económica:
Mediante la Resolución 12156 de 2019, la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a los agentes del mercado: COMERCIALIZADORA FERLAG LTDA., INVERSIONES Y SUMINISTROS LM S.A.S. y CÉSAR FERNANDO LAGUNA VARGAS.
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a 17 personas jurídicas y 10 personas naturales por haber incurrido en un comportamiento violatorio de la prohibición general prevista en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959, así como por contravenir lo establecido en el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992, al realizar varios acuerdos colusorios en diferentes procesos de contratación estatal adelantados mediante la modalidad de subasta inversa.