• En la decisión que concedió las medidas cautelares solicitadas por la usuaria demandante la Superintendencia le ordenó a Viva Air la inmediata devolución del dinero cancelado por los tiquetes aéreos a la afectada o su reubicación en otra aerolínea sin costo alguno. 
  • Los usuarios que NO soliciten medidas cautelares a la Superindustria en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales deberán presentar una reclamación directa a la aerolínea antes de radicar la demanda. 
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Bogotá D.C., 2 de marzo de 2023. Sobre la información difundida a través de medios de comunicación, según la cual esta entidad se encuentra realizando visitas administrativas en las sedes de Avianca y Viva Colombia, la SIC informa que las actividades investigativas que realiza en el marco de la etapa preliminar de su actuación administrativa, incluyendo visitas administrativas a las sedes de los agentes de mercado, tienen carácter reservado de conformidad con el artículo 13 de la Ley 155 de 1959.

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  • Los usuarios podrán demandar ante la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la SIC para solicitar la solución de su caso por la suspensión de las operaciones aéreas de Viva Air. 
  • Si el afectado decide demandar, adicionalmente podrá solicitarle a la SIC medidas cautelares con el fin de obtener de manera anticipada una solución a su caso. Dichas medidas podrían consistir en la devolución de su dinero, hasta cubrir gastos de alojamiento transporte y alimentación. 
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