Protección de la Competencia

Dirección de Cumplimiento

"La Delegatura para la Protección de la Competencia, garantiza la eficiencia en los mercados, así como el libre acceso y la libre participación de las empresas en la economía nacional. De esta forma, vela por la protección del bienestar general del consumidor y contribuye a la consolidación de una economía social de mercado que se rija por las leyes de la oferta y demanda.

En este sentido adelanta tres funciones:

  • Investigaciones por presuntas prácticas comerciales restrictivas de la competencia y por actos de competencia desleal (estos últimos, sólo si pueden tener efectos extensivos al mercado)
  • Ejerce un control previo de integraciones empresariales
  • Ejerce la función de abogacía de la competencia, mediante la expedición de conceptos sobre proyectos de regulación que puedan generar efectos sobre la competencia en algún sector económico del país; (iv) ejerce la función de cumplimiento en libre competencia, a través de la promoción de buenas prácticas de cumplimiento y del monitoreo y vigilancia de cumplimiento en libre competencia."

Organigrama de la Delegatura

Organigrama de la delegatura

 

La Dirección está conformada por:

  • El despacho del director de cumplimiento, que realiza el seguimiento y vigilancia de garantías y condicionamientos, e instruye los tramites sobre el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la terminación de una investigación por aceptación de garantías, o de la obligación de informar una integración empresarial o acatar las obligaciones derivadas de su aceptación bajo condicionamientos; así mismo, vigila la adopción efectiva de programas de cumplimiento establecidos en el marco de garantías y condicionamientos.
  • El grupo de promoción de buenas prácticas de cumplimiento en libre competencia, está encargado del fomento de las buenas prácticas empresariales de cumplimiento, a través de la divulgación y realización de actividades dirigidas a la construcción y establecimiento de dicha cultura, incluyendo la elaboración de metodologías de evaluación del cumplimiento empresarial en libre competencia a través de programas de cumplimiento.
  • El grupo de monitoreo y vigilancia de Cumplimiento en Libre Competencia que se encarga del seguimiento a condicionamientos y garantías en los términos impuestos en los actos administrativos que resuelven las investigaciones administrativas por prácticas restrictivas, en el primer caso, o que resuelven aprobar una operación de integración empresarial, en el segundo caso.

Funciones de la Dirección de Cumplimiento, adscrita a la Delegatura de la Protección de la Competencia, fueron establecidas en el Articulo 5 del Decreto 092 de Enero de 2022:

1. Realizar el seguimiento de las garantías aceptadas por parte del Superintendente de Industria y Comercio, dentro de las investigaciones por violación a las normas sobre protección de la competencia y competencia desleal.

2. Realizar la vigilancia de los condicionamientos establecidos por el Superintendente de Industria y Comercio frente a las solicitudes de consolidación, integración, fusión y obtención del control de empresas vigiladas.

3. Instruir los trámites sobre el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la terminación de una investigación por aceptación de garantías.

4. Instruir los trámites sobre el incumplimiento de la obligación de informar una integración empresarial o de la obligación derivada de su aceptación bajo condicionamientos.

5. Instruir los trámites sobre la omisión de acatar en debida forma las solicitudes de información, órdenes o instrucciones que se impartan por el Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia.

6. Instruir los trámites sobre las obstrucciones de las investigaciones que se adelanten por violación a las normas sobre protección de la competencia y competencia desleal administrativa.

7. Vigilar la adopción efectiva de los programas de cumplimiento establecidos en el marco de garantías aceptadas por el Superintendente de Industria y Comercio dentro de investigaciones por violación a las normas sobre protección de la competencia y competencia desleal administrativa.

8. Vigilar la adopción efectiva de los programas de cumplimiento establecidos en el marco de la imposición de condicionamientos por parte del Superintendente de Industria y Comercio, cuando conoce de solicitudes de consolidación, integración, fusión y obtención del control de empresas.

9. Apoyar a la Oficina de Servicios al Consumidor y de Apoyo Empresarial en el desarrollo de actividades de divulgación, promoción y capacitación, relacionadas con el fomento y construcción de una cultura de cumplimiento en materia de libre competencia económica.

10. Informar al Superintendente Delegado sobre el estado de los asuntos de su dependencia y el grado de ejecución de sus programas.

11. Las demás que sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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