Superindustria Sanciona Cartel en el Plan de Alimentación Escolar en Bogotá
- 6 empresas fueron multadas y además, 5 personas naturales, quienes habrían facilitado la conducta anticompetitiva.
- Las sanciones impuestas ascienden a más de 2.400 millones de pesos.
Bogotá D.C., 19 de diciembre de 2019. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol como autoridad nacional para la protección a la competencia, sancionó a seis empresas por haberse cartelizado en el proceso de selección LP-AMP-129-2016, adelantado por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL DE BOGOTÁ. El objeto de dicho proceso era, entre otras cosas, establecer las condiciones para la compra y entrega de los alimentos que componen el PLAN DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR (PAE) a diferentes sedes educativas en Bogotá, en particular, respecto del grupo de las “frutas y hortalizas”.
Igualmente, sancionó a cinco (5) personas naturales vinculadas por haber ejecutado o facilitado la conducta anticompetitiva.
El caso
La Superintendencia de Industria y Comercio inició y adelantó una investigación en la que demostró que las seis empresas investigadas acordaron presentar observaciones al proceso de selección LP-AMP-129-2016 en relación con el valor de compra de las frutas, así como el no presentar ofertas respecto del mismo con el fin de sabotearlo para que fuera declarado desierto. Dicho acuerdo tenía como propósito forzar la apertura de un nuevo proceso de contratación, lo que en efecto ocurrió, en donde el valor a pagar por parte de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL DE BOGOTÁ por la compra de las frutas fuera más alto.
Con dicha conducta las empresas infringieron lo establecido en el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992 (colusión en licitaciones públicas). Por su parte, cinco personas naturales fueron sancionadas por infringir lo establecido en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, al haber ejecutado o tolerado la referida colusión.
Multas
La Superintendencia de Industria y Comercio consideró imponer las siguientes multas a los investigados en el presente proceso:
INVESTIGADO |
MULTA |
INDUSTRIA DE ALIMENTOS DAZA S.A.S. |
$ 521.713.080 |
HUGO NELSON DAZA HERNÁNDEZ |
$ 173.904.360 |
COMERCIALIZADORA DISFRUVER S.A.S. |
$ 790.850.780 |
ALIMENTOS SPRESS S.A.S. |
$ 335.386.980 |
NAMASTÉ FOOD S.A.S. |
$ 219.450.740 |
BEST COLOMBIAN FRUITS S.A.S. |
$ 248.434.800 |
JUAN PABLO FONSECA SÁNCHEZ |
$ 9.109.276 |
ANDREA ROSAS DÍAZ |
$ 62.108.700 |
NÉSTOR ALEJANDRO CASTELBLANCO GARCÍA |
$ 13.249.856 |
STELLA TÉLLEZ HERNÁNDEZ |
$ 33.124.640 |
GEIMI SOLEIMI DAZA VILLAR |
$ 8.281.160 |
TOTAL DE LAS MULTAS |
$2.415.614.372 |
Recursos
Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio conforme lo indicado en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011.
¡Superintendencia de Industria y Comercio,
confianza que construye progreso!