Superindustria investiga a operadores de boletería por no informar alternativas ante cancelación de eventos

 

 
El banner tiene la imagen de una multitud en un concierto
Superindustria investiga a operadores de boletería por no informar alternativas ante cancelación de eventos

 

  • Las empresas APPLAUSO S.A.S, BET EXPERIENCE S.A.S, GRUPO CHEKIING S.A.S, QUBIT LABS S.A.S, EASY TICKETS S.A.S, TU TAQUILLA SAS y WELCU COLOMBIA S.A.S., no respondieron a los requerimientos de información hechos por esta Autoridad.

Bogotá D.C., 29 de abril de 2020. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol como autoridad nacional de protección al consumidor, inició investigación administrativa en contra de siete (7) operadores de boletería, por la posible omisión en el reporte de las medidas adoptadas frente a los consumidores que adquirieron boletas para asistir a los espectáculos públicos suspendidos con ocasión a la declaratoria de emergencia sanitaria y la orden de aislamiento preventivo obligatorio.

La decisión de investigar a estas empresas se tomó luego de que la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor  de la Superindustria, en atención a las competencias asignadas en materia de espectáculos públicos de las artes escénicas, requiriera a 31 operadores de boletería en todo el país, para que informaran las medidas adoptadas de cara a los consumidores, con ocasión de la imposibilidad de realizar dichos eventos después de que, a través de resoluciones y decretos expedidos por el Gobierno Nacional, se prohibieran reuniones, aglomeraciones y posteriormente se decretara el aislamiento preventivo.

No obstante lo anterior, los operadores de boletería APPLAUSO S.A.S, BET EXPERIENCE S.A.S, GRUPO CHEKIING S.A.S, QUBIT LABS S.A.S, EASY TICKETS S.A.S, TU TAQUILLA SAS y WELCU COLOMBIA S.A.S., no atendieron el requerimiento efectuado por esta Superintendencia, pese a que, entre los eventos comercializados por los mismos, se encontraban los siguientes:

                                                                                                                                                                                                  

OPERADOR

NOMBRE DEL EVENTO

CIUDAD

FECHA

BET EXPERIENCE S.A.S

EL CANTINAZO ANTIOQUEÑO 2DA PARTE

BOGOTÁ D.C.

28/3/2020

GRUPO CHEKIING S.A.S

EL DICTADO

BOGOTÁ D.C.

28/3/2020

EASY TICKETS S.A.S

SABADO FESTVAL FRANCISCO EL HOMBRE 2020

LA GUAJIRA

4/4/2020

DOMINGO FESTVAL FRANCISCO EL HOMBRE 2020

LA GUAJIRA

5/4/2020

VIERNES FESTVAL FRANCISCO EL HOMBRE 2020

LA GUAJIRA

3/4/2020

 

OSCARCITO TOUR ME RETIRO

ATLÁNTICO

15/3/2020

OSCARCITO TOUR ME RETIRO

BOGOTÁ D.C

12/3/2020

OSCARCITO TOUR ME RETIRO

ANTIOQUIA

14/3/2020

WELCU COLOMBIA S.A.S

CRUDO MENS RAW

SOACHA

25/4/2020

 

Por lo anterior, mediante Resoluciones N°. 17281, 17282, 17283, 17284, 17278, 17279 y 17280, de abril de 2020, se imputaron cargos contra APPLAUSO S.A.S, BET EXPERIENCE S.A.S, GRUPO CHEKIING S.A.S, QUBIT LABS S.A.S, EASY TICKETS S.A.S, TU TAQUILLA SAS y WELCU COLOMBIA S.A.S., respectivamente, por no atender la instrucción contenida en el numeral 2.10.2 de la Circular Única de esta Superintendencia referente al reporte de las medidas que se están adoptando con ocasión de la cancelación de espectáculos públicos y por inobservancia a las órdenes impartidas por la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor en ejercicio de las facultades del artículo 59 de la Ley 1480.

Los otros 24 operadores requeridos informaron que entre las soluciones brindadas a los consumidores se encuentran:

  • - Devolución de dinero.
  • - Reprogramación del evento, para lo cual, los compradores deberán conservar la boleta adquirida previamente.
  • - Publicación de la información de las medidas adoptadas en las páginas de internet y redes sociales de cada operador.
  • - Atención de las peticiones, quejas y reclamos PQR´S recibidas con ocasión a la suspensión de los eventos.

 

Contra el acto administrativo de formulación de cargos NO procede recurso y en caso de encontrar probadas las imputaciones de inobservancia, podrían imponerse multas de hasta 1.000 SMMV. 

 

 

¡Superintendencia de Industria y Comercio,

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