LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO INICIÓ INVESTIGACIONES EN CONTRA DE CASA Y CONFORT (COLCHONES PARAISO), MUEBLES Y ACCESORIOS Y MANUEL BROSNTEIN TISMINEZKY POR LA PRESUNTA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES.

Imagen Comunicado
Imagen Comunicado

Bogotá D.C., 7 de febrero de 2025.


La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor formuló pliego de cargos en contra de las sociedades CASA Y CONFORT S.A.S., MUEBLES Y ACCESORIOS S.A.S. EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL y Manuel Brosntein Tisminezky, por la presunta vulneración de los derechos de los consumidores, en la venta y comercialización de muebles y colchones.
Las conductas que están siendo objeto de investigación están relacionadas con:

  • Incumplimiento en la entrega de bienes: Las empresas habrían defraudado las expectativas de los consumidores al no cumplir con la obligación legal de realizar la entrega material y efectiva de los productos adquiridos en los tiempos pactados.
  • Deficiencia en la calidad de los productos: Las empresas habrían incurrido en posibles fallas en la calidad de los bienes ofrecidos a los ciudadanos, específicamente en lo que respecta a sus características inherentes, además de haberse presentado una posible falta de idoneidad de los bienes.
  • Falta de claridad en la información suministrada: Las compañías investigadas habrían entregado información carente de claridad, veracidad y precisión sobre los tiempos de entrega de los productos adquiridos en el marco de la relación de consumo.

Igualmente, la Dirección inició investigación administrativa en contra de Manuel Brosntein Tisminezky, en su calidad de persona natural matriz del grupo empresarial de las sociedades investigadas, al no haber aparentemente cumplido con la orden impartida por esta Superintendencia en la Resolución No. 9664 del 12 de marzo de 2024, en la que se dispuso el deber de implementar un plan de entrega o devolución de dinero a los consumidores afectados por el incumplimiento en los tiempos de entrega.


De ser comprobada la vulneración de los derechos de los consumidores, la Dirección podrá imponer las sanciones previstas en el artículo 61 de la Ley 1480 de 2011, de hasta 2.000 SMLMV. La SIC del cambio está comprometida con la creación y conservación de estándares de consumo dignos, que garanticen las libertades individuales y económicas de la población en un mercado equilibrado, seguro y orientado a la realización del interés general.

Publicado
Compartir FacebookFacebookFacebook
Centro de relevo
En la Superintendencia de Industria y Comercio, como es práctica habitual en la mayoría de los sitios web, utilizamos distintos tipos de cookies para mejorar tu experiencia con nuestro contenido y servicios digitales. Estas cookies se dividen en cuatro categorías fundamentales: las esenciales, que son imprescindibles para el funcionamiento adecuado del sitio; las funcionales, que simplifican la navegación; las de marketing, que personalizan los contenidos; y las de rendimiento, que nos ayudan a comprender cómo se utiliza el sitio para mejorarlo continuamente. Si deseas obtener detalles específicos sobre cómo empleamos estas cookies, te invitamos a consultar nuestra política de tratamiento de datos personales. Si estás de acuerdo con su uso, basta con que selecciones "ACEPTAR" y podrás explorar nuestro sitio web o aplicación. Agradecemos la confianza que depositas en la SIC para tu experiencia digital.