La SIC sanciona a TUI Colombia S.A.S. por vulnerar los derechos de los consumidores en planes turísticos

La SIC, a través de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales, impuso en audiencia multa a la sociedad TUI COLOMBIA S.A.S.
Imagen con fondo Rojo y  Martillo

En una sentencia la Delegatura Para Asuntos jurisdiccionales multó a TUI Colombia S.A.S. por la suma de $ 9.741.000, equivalentes a 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por vulnerar los derechos de los consumidores consagrados en la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor).La decisión analizó múltiples demandas presentadas por consumidores afectados. De acuerdo con lo probado en el proceso, la empresa captaba personas ofreciéndoles descuentos turísticos a distintos destinos, induciéndolas a suscribir contratos por valores superiores a los tres millones de pesos, usualmente financiados mediante tarjetas de crédito que, de acuerdo con los consumidores, eran otorgadas de manera irregular. Los servicios turísticos nunca fueron prestados y, además, no se permitía el ejercicio del derecho de retracto.

En la sentencia, la Delegatura concluyó que TUI Colombia S.A.S. incumplió las obligaciones de información y de prestación del servicio, desconoció el derecho de retracto, incluyó cláusulas abusivas en los contratos y omitió la devolución del dinero pese a las reclamaciones formales de los consumidores. Estos elementos llevaron al despacho a imponer la multa y a ordenar el reembolso de todas las sumas pagadas por los demandantes.

Con esta decisión, la SIC envía un mensaje claro al mercado turístico: no se tolerarán prácticas engañosas ni contratos que desconozcan los derechos mínimos de los consumidores. La Entidad reiteró su llamado a la ciudadanía para que extreme precauciones frente a ofertas de planes y paquetes turísticos realizadas en centros comerciales, espacios públicos o por telemercadeo, en las que se utilizan premios, sorteos u obsequios como señuelo para inducir a la firma de contratos que pueden resultar ambiguos, desproporcionados o contrarios al Estatuto del Consumidor.

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