Proyecto de circular externa para “organizar y/o promover espectáculos públicos de las artes escénicas. en el capítulo segundo del título ii de la circular única

Adicionar el numeral 2.10 en el Capítulo Segundo del Título II de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, para definir el contenido mínimo de información que debe acompañar la publicidad y la venta de boletas para espectáculos públicos

La referida publicación se realiza desde el 2 de mayo de 2017 y hasta el día 17 de mayo de 2017.

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