2.1.6 Agenda Regulatoria.
La Superintendencia de Industria y Comercio informa a la ciudadanía que algunos requerimientos establecidos en el Anexo 02 – Estándares de publicación de información de la Resolución 1519 de 2020 no aplican a la Entidad, debido a la naturaleza de sus funciones. A continuación se explica el caso específico:
Sobre el ítem 2.1.6 “Agenda Regulatoria”, la normatividad vigente (artículo 2.1.2.1.20 del Decreto 1081 de 2015) establece que la elaboración y publicación de la Agenda Regulatoria es responsabilidad exclusiva de los ministerios y departamentos administrativos cabeza de sector.
Por esta razón, la Superintendencia de Industria y Comercio no está obligada a contar con una Agenda Regulatoria propia, pues hace parte del sector liderado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, quien sí expide y publica la Agenda Regulatoria de todo el sector.
Para facilitar el acceso a esta información, ponemos a disposición de la ciudadanía el enlace directo a la Agenda Regulatoria del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, disponible en su sitio web oficial.