Superindustria objeta integración empresarial presentada por BAVARIA, INDUSTRIAL DE GASEOSAS Y COCA-COLA
La Superintendencia de Industria y Comercio objetó la operación de integración entre las compañías BAVARIA & CIA S.C.A., INDUSTRIA NACIONAL DE GASEOSAS S.A., EMBOTELLADORA DE LA SABANA S.A.S., COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE BEBIDAS S.A.S., COMPAÑÍA DE SERVICIOS COMERCIALES S.A.S. y COCA-COLA BEBIDAS DE COLOMBIA S.A., mediante Resolución No. 23569 de 2021. La operación proyectada consistía en la creación de una Alianza Estratégica entre las empresas anteriormente mencionadas, exclusivamente en Colombia, la cual se enfocaría en la distribución y venta de sus respectivos productos, así como en las actividades de compra de bienes, servicios, materias primas y suministros, entre otros aspectos.
Esta Superintendencia encontró lo siguiente:
• Frente a las actividades de distribución, esta Superintendencia encontró que, con el perfeccionamiento de la operación sometida a preevaluación, se unirían dos (2) de las tres (3) redes de distribución de bebidas no alcohólicas y cervezas más grandes del país, la cual quedaría dividida entre dos agentes BAVARIA - COCA COLA y POSTOBÓN. La consolidación de la red de distribución de las Intervinientes, si bien permitirá reducir los costos logísticos a través del aumento del volumen en sus centros de distribución, incrementará las barreras de entrada y de expansión para sus actuales y potenciales competidores, los cuales no contarían con la capacidad de llegar a tales reducciones en costos con su capacidad actual. En el mediano plazo, esto podría generar posibles aumentos de precios por parte de las Intervinientes ante la salida de competidores.
• En temas de producción y compras de materias primas e insumos esta Superintendencia encontró que de llevarse a cabo la alianza las Intervinientes contarán con más centros productivos y de almacenamiento, con lo que reducirán costos asociados al transporte, ya que tendrán más puntos productivos cercanos a los clientes. Si bien, esto puede reflejarse en una reducción de precios de los productos, también podría verse reflejado en la salida o la no entrada de otros agentes al mercado que no cuenten con la capacidad de establecer una misma red de plantas de producción y que no dispongan de la misma capacidad de compra que tendrían las Intervinientes.
• En las actividades de comercialización esta Superintendencia encontró que las Intervinientes han hecho uso de estrategias relacionadas con contratos de exclusividad con los establecimientos de comercio. De continuar esta estrategia de manera conjunta, se fortalece el riesgo de bloquear la entrada de otros competidores e imponer condiciones comerciales a los establecimientos que podrían frenar o encarecer el lanzamiento y desarrollo de nuevas marcas de la competencia, logrando un mayor acaparamiento del espacio publicitario en los puntos de venta.
• Adicionalmente, esta Superintendencia concluyó que la consolidación de un portafolio de marcas tan importante en el país como lo son las marcas de BAVARIA y COCA COLA les permitirá tener un mayor poder de negociación sobre los establecimientos de comercio. De esta forma, la operación proyectada limitaría la entrada de competidores en estos mercados y restringiría la posibilidad de que entrantes ofrezcan sus productos a los establecimientos con los cuales BAVARIA y COCA COLA tengan pactadas exclusividades.
• En relación con las exclusividades y posicionamiento de marcas esta Superintendencia encontró que se podrían generar estrategias de empaquetamiento y ventas atadas de productos con posicionamientos muy importantes en el país, por lo que la capacidad de negociación de las intervinientes sería muy difícil de contrarrestar.
• De otra parte, los posibles beneficios de las economías de escala, derivados de la sincronización de muchos de sus procesos productivos, podrían no verse compensados por el fortalecimiento de barreras de entrada, lo que implicaría que la alianza propuesta más allá de favorecer al consumidor en el corto plazo lo podría perjudicar en el largo plazo al no permitir que nuevos competidores entren o crezcan en los mercados afectados por la operación.
• Si bien, la operación proyectada puede reducir los precios de los productos involucrados, a largo plazo la operación le otorgaría a las Intervinientes la capacidad de aumentar los precios y reducir los ahorros al consumidor, toda vez que este podría verse afectado por la reducción de las alternativas de compra.
• Por último, es de anotar que, a partir del análisis de los puntos anteriores, la autoridad de competencia colombiana concluyó que el ofrecimiento de condicionamientos realizado por las intervinientes no mitiga las preocupaciones de pérdida de competencia que se derivan de la operación.