La Superintendencia de Industria y Comercio emitió una decisión sancionatoria en contra del Colegio Federación Colombiana de Optómetras – FEDOPTO y nueve personas que ocupaban cargos administrativos directivos en la asociación.

En 2013, en el mercado en línea se introdujo el mercado de lentes de contacto producidos en masa en Colombia como un nuevo canal de comercialización. El comercio en línea permitió a los clientes ingresar al sitio web de su elección, seleccionar el producto de acuerdo con sus necesidades y preferencias, cargar o adjuntar la fórmula optométrica respectiva y, finalmente pagar por los lentes comprados.

Este nuevo modelo de negocio generó preocupación entre los actores tradicionales del mercado. En particular, alentó a FEDOPTO a conspirar contra los vendedores de comercio en línea del producto para contrarrestar la amenaza observada. FEDOPTO organizó una campaña contra esos vendedores, que consistió en una serie de acciones destinadas a desacreditar y desalentar la comercialización de lentes de contacto a través de Internet y, por lo tanto, evitar la entrada y el desarrollo del comercio electrónico en el mercado.

La Superintendencia consideró que este comportamiento causó ineficiencias económicas en el mercado relevante y afectó el interés general de los consumidores de lentes de contacto. La conducta de FEDOPTO obstaculizó la entrada de agentes de comercio electrónico y también la operación del canal en sí. Esto último considerando que algunos de los agentes relevantes en el mercado dejaron de suministrar lentes a los vendedores electrónicos por períodos superiores a un año. En cuanto a la afectación de los consumidores, la conducta de FEDOPTO negó a los consumidores los beneficios de las compras en línea, por ejemplo, instalaciones de acceso, una cobertura más amplia y precios más bajos, con las implicaciones que esto trae en un contexto en el cual el comercio electrónico resulta ser cada vez más importante en los mercados colombianos.

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