Superindustria sanciona cartel en las subastas adelantadas por Central de Inversiones S.A. (CISA)

 La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad única de competencia, sancionó a TRANSPORTES ESPECIALES F.S.G. S.A.S. (FSG), HDL LOGÍSTICA S.A.S. (HDL), JAIRO ALFONSO ACUÑA BELTRÁN, GABRIEL ROBERTO CETINA CASTRO y YENNY JOHAN PÉREZ LÓPEZ.
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Superindustria sanciona cartel en las subastas adelantadas por Central de Inversiones S.A. (CISA)

Bogotá D.C., 23 de junio de 2022. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad única de competencia, sancionó a TRANSPORTES ESPECIALES F.S.G. S.A.S. (FSG), HDL LOGÍSTICA S.A.S. (HDL), JAIRO ALFONSO ACUÑA BELTRÁN, GABRIEL ROBERTO CETINA CASTRO y YENNY JOHAN PÉREZ LÓPEZ, al quedar demostrado que, al menos, hasta el 2018, conformaron un cartel para defraudar la libre competencia en varios procesos de subastas públicas adelantadas por la sociedad de economía mixta CENTRAL DE INVERSIONES S.A. (CISA), y cuyo propósito consistía en la venta de diferentes bienes de propiedad de entidades públicas.  

Además, se sancionó a FSG por haber adelantado una conducta anticompetitiva a través de su representante legal, FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ, quien de manera ilegítima accedió a información privilegiada y confidencial de los procesos de subasta, obteniendo una ventaja competitiva sobre los demás proponentes.  

Finalmente, se impusieron multas a LUIS ALEJANDRO MONDRAGÓN MARROQUÍN, LUZ MARINA JIMÉNEZ MARTIN y GLORIA INÉS CANO ROJAS, personas naturales vinculadas directa o indirectamente con CISA, quienes suministraron información reservada y confidencial sobre los procesos de subasta, colaborando y facilitando los acuerdos y conductas anticompetitivas. En el mismo sentido, se sancionó a dos (2) personas naturales más vinculadas a las empresas, por haber ejecutado las conductas anticompetitivas. 

MULTAS: 

SANCIONES IMPUESTAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO POR COLUSIÓN EN LICITACIONES PÚBLICAS 

EMPRESAS 

TRANSPORTES ESPECIALES F.S.G. S.A.S. 

$1.312.240.116 

HDL LOGÍSTICA S.A.S. 

$97.518.264 

JAIRO ALFONSO ACUÑA BELTRÁN 

$85.851.036 

GABRIEL ROBERTO CETINA CASTRO 

$77.452.152 

YENNY JOHAN PÉREZ LÓPEZ 

$8.208.864 

FACILITADORES 

LUIS ALEJANDRO MONDRÁGON MARROQUÍN 

$2.660.280 

LUZ MARINA JIMÉNEZ MARTÍN 

$5.016.528 

FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ 

$366.130.536 

JOSÉ HERNÁN BULLA LUQUE 

$65.670.912 

GABRIEL ROBERTO CETINA CASTRO 

$46.478.892 

SANCIONES IMPUESTAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO POR INFRINGIR LA PROHIBICIÓN GENERAL DE COMPETENCIA 

EMPRESAS 

TRANSPORTES ESPECIALES F.S.G. S.A.S. 

$1.530.953.136 

FACILITADORES 

1

LUIS ALEJANDRO MONDRÁGON MARROQUÍN 

$4.560.480 

2

LUZ MARINA JIMÉNEZ MARTIN 

$11.401.200 

3

GLORIA INÉS CANO ROJAS 

$11.401.200 

4

FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ 

$183.065.268 

TOTAL SANCIONES 

$3.808.608.864 

El caso: 

La actuación administrativa se inició debido a que la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de sus funciones, encontró información sobre la posible existencia de conductas anticompetitivas por parte de personas que participaban en los procesos de contratación adelantados por CISA. En virtud de lo anterior, la Delegatura para la Protección de la Competencia realizó una actuación preliminar que permitió concluir la existencia de elementos de juicio suficientes para sustentar la hipótesis de una presunta violación al régimen de libre competencia económica por parte de diferentes empresas, en una serie de procesos de subasta de bienes muebles adelantados por CISA entre el 2016 y el 2018. 

La Superindustria determinó que FSG, HDL, JAIRO ALFONSO ACUÑA BELTRÁN, GABRIEL ROBERTO CETINA CASTRO y YENNY JOHAN PÉREZ LÓPEZ materializaron una serie de acuerdos anticompetitivos, con el fin de eliminar la presión competitiva en un número de procesos de subasta, garantizando así la adjudicación de los bienes al menor valor posible.  

Estos acuerdos fueron posibles, en la medida en que FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ, representante legal de FSG, obtuvo información privilegiada por parte de funcionarios vinculados directa o indirectamente a CISA, lo que le permitió ponerse en contacto con sus competidores y coordinar su participación en los diferentes procesos de subasta. Así, se afectó no solo la libre competencia económica, sino también los principios de igualdad y de selección objetiva, propios de la contratación estatal, que buscan garantizar que las entidades contratantes obtengan el mejor valor posible.  

Por otro lado, se encontró suficiente material probatorio que dio cuenta que FERNANDO SUÁREZ GONZÁLEZ, representante legal de FSG, recibió información a la que no tuvieron acceso otros oferentes, de parte de algunos funcionarios vinculados directa o indirectamente a CISA. Dicho intercambio de información materializó una violación independiente a las normas de libre competencia, toda vez que significó una ventaja competitiva al generar una asimetría de información respecto a los demás proponentes, lo que le permitió tomar decisiones y estructurar su estrategia con mayor conocimiento del que tenían sus posibles competidores. 

Finalmente, y de conformidad con la labor investigativa realizada por la Delegatura en la etapa de averiguación preliminar, así como de las pruebas practicadas durante la investigación administrativa, fue posible advertir que los procesos de selección en la modalidad de subasta adelantados por CISA se encuentran expuestos a un alto riesgo de colusión, por lo que la Superintendencia de Industria y Comercio alertó a la entidad, con el fin de que se preste mayor atención al comportamiento de sus funcionarios y los proponentes en sus procesos. 

Dicha alerta responde a la obligación de esta Entidad de promover la libre competencia en los diferentes mercados nacionales, por lo cual se sugirió la implementación de programas de cumplimiento en materia de libre competencia que busquen prevenir, a futuro, la ocurrencia de estas prácticas, o ayuden a detectar tempranamente cualquier violación al régimen de libre competencia económica. 

Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio. 

Resolución 37344 del 15-06-2022 - impone sanción multa - CISA - versión pública

 

¡Superintendencia de Industria y Comercio, 

confianza que construye progreso! 

 

 

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