Superindustria reglamenta el pago de la tasa por los trámites de autorización de integraciones empresariales

Mediante la Resolución 2103 del 27 de enero de 2021, la SIC estableció los valores a pagar por parte de las personas (naturales o jurídicas) interesadas en presentar trámites de integración empresarial (notificaciones y pre-evaluaciones) de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 de la Ley 2010 de 2019. Los pagos deberán ser efectuados a la cuenta corriente N° 062754387 del Banco de Bogotá, a nombre de la Superintendencia de Industria y Comercio, NIT 800.176.089-2. Dichos pagos se podrán realizar:

 

  • Mediante consignación (recaudo manual), utilizando el código rentístico 06.
  • Mediante transferencia electrónica bancaria

Ver Proceso de Pago 

Publicado
Compartir FacebookFacebookFacebook
Centro de relevo
En la Superintendencia de Industria y Comercio, como es práctica habitual en la mayoría de los sitios web, utilizamos distintos tipos de cookies para mejorar tu experiencia con nuestro contenido y servicios digitales. Estas cookies se dividen en cuatro categorías fundamentales: las esenciales, que son imprescindibles para el funcionamiento adecuado del sitio; las funcionales, que simplifican la navegación; las de marketing, que personalizan los contenidos; y las de rendimiento, que nos ayudan a comprender cómo se utiliza el sitio para mejorarlo continuamente. Si deseas obtener detalles específicos sobre cómo empleamos estas cookies, te invitamos a consultar nuestra política de tratamiento de datos personales. Si estás de acuerdo con su uso, basta con que selecciones "ACEPTAR" y podrás explorar nuestro sitio web o aplicación. Agradecemos la confianza que depositas en la SIC para tu experiencia digital.