Superindustria reglamenta el pago de la tasa por los trámites de autorización de integraciones empresariales
Mediante la Resolución 2103 del 27 de enero de 2021, la SIC estableció los valores a pagar por parte de las personas (naturales o jurídicas) interesadas en presentar trámites de integración empresarial (notificaciones y pre-evaluaciones) de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 de la Ley 2010 de 2019. Los pagos deberán ser efectuados a la cuenta corriente N° 062754387 del Banco de Bogotá, a nombre de la Superintendencia de Industria y Comercio, NIT 800.176.089-2. Dichos pagos se podrán realizar:
- Mediante consignación (recaudo manual), utilizando el código rentístico 06.
- Mediante transferencia electrónica bancaria