INFORMACIÓN IMPORTANTE: Obligatoriedad Circular 025 del Ministerio De Comercio Industria y Turismo Implementación interoperabilidad entre VUCE y SICERCO

De acuerdo con lo dispuesto en el último inciso del numeral 2.2.1.7.9.2 del Decreto 1074 de 2015, modificado por el Decreto 1595 de 2015, los importadores deben adjuntar los certificados de conformidad a la licencia o registro de importación que se presente en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

En el marco de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, se dispuso el fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) y la interoperabilidad con las entidades que actúan en ella. En este sentido, producto del trabajo conjunto entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), con el fin de fortalecer las labores de control y optimizar un intercambio de información que disminuya los tiempos de evaluación de los registros y licencias de importación, se expidió la Circular 025 del 6 de diciembre de 2019 en la cual se implementó la interoperabilidad entre la VUCE y el SICERCO desde el 13 de diciembre de 2019, realizando una validación en línea de la información existente en ambas plataformas. Esta interoperabilidad permite asociar los certificados de conformidad a cada licencia o registro de importación.

Con base en lo expuesto, se informa que a partir del lunes 8 de marzo de 2021, el trámite y obtención de concepto por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio a través de la VUCE, frente a productos a los cuales les aplique Reglamento Técnico y demuestren conformidad con Certificado emitido por un Organismo Evaluador de la Conformidad- OEC acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC), deberá realizarse bajo los lineamientos determinados en la guía elaborada por la SIC (https://www.vuce.gov.co/vuce/media/docs/pdf/INSTRUCTIVO-INTEROPERABILIDAD-VUCE-2-0-SICERCO-V3_2.pdf), diligenciando la información habilitada en la sección de permisos, como se explica de forma específica en el Instructivo.

Al realizar el trámite de importación ante la VUCE mediante la interoperabilidad con SICERCO, bastará con informar el número del certificado de conformidad e identificar el organismo evaluador de la conformidad que lo expidió. No será necesario adjuntar el certificado de conformidad, ni los documentos correspondientes al seguimiento, ni las autorizaciones de uso a terceros. Es importante mencionar que estos registros, serán evaluados en un tiempo no superior a un día.

Así las cosas, en los casos en los que la solicitud de importación presentada a través de la VUCE, no se realice conforme a los lineamientos aquí establecidos, esta Superintendencia procederá a negar la autorización del registro de importación para que sea presentado mediante la interoperabilidad.   

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