La Superintendencia inicia investigaciones y ordena controles más estrictos para impedir la venta de tabaco, sus derivados, sucedáneos e imitadores (vapeadores) a menores de edad en el marco del comercio electrónico
Bogotá, D.C., 17 de diciembre de 2025. Con la entrada en vigor de Ley 2354 de 2024, la regulación sobre tabaco se extendió a productos electrónicos de administración con y sin nicotina, a productos de tabaco calentado y de nicotina oral, entre otros. En este contexto, la Superintendencia adelantó visitas de inspección a 27 establecimientos de comercio físicos y electrónicos para verificar el cumplimiento de esta normativa.
Una vez revisadas las condiciones de comercialización, la Dirección de Investigación de Protección al Consumidor identificó que diez proveedores habrían presuntamente vulnerado los derechos de los consumidores y la reglamentación para la prevención del consumo de tabaco, proteger la salud de la población y evitar el acceso de menores de edad a estos productos.
Dentro de las posibles infracciones relacionadas con la Regulación especial sobre el tabaco y sus derivados, que se estarían cometiendo por parte de estos proveedores se encuentran:
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Comercialización de productos con empaques particularmente atractivos para los menores de edad. El diseño de los empaques podría incentivar su consumo, contrariando la protección reforzada que la ley otorga a niños, niñas y adolescentes para salvaguardar su salud.
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Implementación de mecanismos que promueven o incentivan la compra de estos productos. Los proveedores habrían incurrido en la prohibición total de promoción de productos de tabaco, al exhibir, en establecimientos físicos, productos de tabaco o derivados acompañados de formas de comunicación que podrían constituir promoción o incentivo a la compra.
De otra parte, la Dirección de Investigaciones determinó que estos proveedores podrían estar infringiendo el Régimen general de protección al consumidor. De las visitas y verificaciones se identificaron las siguientes faltas:
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Empaques con información esencial en inglés. Se identificó que las instrucciones de manejo, mantenimiento, uso y advertencias de riesgo de estos productos, información que resulta relevante para la toma de decisiones de un consumidor, se encontraban en idioma extranjero.
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Ausencia de información visible sobre los precios de los productos comercializados. Los establecimientos no estarían informando de forma visible los precios de los productos comercializados, incluyendo otros bienes no relacionados con tabaco.
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Incumplimiento de los deberes de identificación de los proveedores en el marco del comercio electrónico. Los proveedores operan en el comercio electrónico en territorio colombiano no estarían identificando su nombre o razón social, NIT, datos de contacto, ni estarían identificando información relevante como tiempos de entrega, las condiciones del ejercicio del derecho de retracto, y un acceso fácil e identificable a la página de la autoridad de protección al consumidor.
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Faltas relacionadas con la disponibilidad de vueltas correctas. Se identificaron casos de posible ausencia de información permanente, clara y suficiente sobre la disponibilidad de vueltas correctas, mediante el aviso de cumplimiento ubicado en las cajas.
Por último, en relación con las órdenes administrativas en materia de comercio electrónico, la Superintendencia mediante Resolución 106801 de 2025, ordenó a once empresas que comercializan cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos, imitadores y dispositivos relacionados, a través de comercio electrónico, implementar medidas reforzadas para impedir el acceso de menores de edad a estos productos.
Las medidas que a continuación se enlistan, se tomaron tras evidenciar que las plataformas visitadas contaban con controles insuficientes, como simples botones de confirmación de edad o advertencias poco visibles, entre otras presuntas fallas:
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Sistemas de doble verificación de mayoría de edad al ingresar a la sección de productos y al momento del pago.
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Leyendas visibles de ‘Solo para mayores de 18 años’ en todas las publicaciones.
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Alertas que informen dentro del comercio electrónico que la entrega solo se realizará a mayores de edad con verificación de documento.
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Filtros tecnológicos que bloqueen navegación, registro y compra cuando el usuario declare ser menor de edad.
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Diseño de un protocolo de verificación y control del cumplimiento de las medidas para la protección de los niños, niñas y adolescentes en comercio electrónico, respecto del momento de la entrega a domicilio de productos como cigarrillos, productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores y los dispositivos necesarios para su funcionamiento, entre otros.
Con estas acciones, la SIC del Cambio reafirma su compromiso con la protección integral de los niños, niñas y adolescentes frente a la exposición y acceso a productos nocivos para la salud. Adicionalmente, la Entidad continuará realizando labores de verificación y control para asegurar el cumplimiento de la regulación vigente en materia de tabaco y sus derivados. En el caso de las investigaciones administrativas, las empresas tendrán la oportunidad de ejercer su derecho de defensa ante la autoridad de consumo con las garantías que brinda nuestro ordenamiento jurídico.