por la cual se modifica el literal A) del Numeral 1.2.8.1., del capítulo primero del Título II Adicionar el Numeral 1.2.8.2.4, Término de garantía, al capítulo primero del título II y adicionar el numeral 1.2.9. término de la garantía para productos no perecederos, al capítulo primero del título II, todos de la Circular Única
Circular 18
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Fecha publicación
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