Protocolo de Madrid para el registro internacional marcas

El Protocolo de Madrid es uno de los dos tratados que comprende el Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas. El Protocolo ofrece a los propietarios de una marca la posibilidad de extender su protección a varios países (pertenecientes a la Unión de Madrid) mediante la presentación de una única solicitud de Registro Internacional directamente en la oficina de marcas nacional, en un solo idioma, con una serie de tasas previamente establecidas, en una única moneda y sin necesidad de contar, en principio, con un agente local en los países designados para la solicitud.  

Es un tratado de procedimiento de dos vías, por un lado, permite que una persona natural o jurídica, bajo unas determinadas condiciones, pueda solicitar, desde Colombia (como oficina de origen), la protección de un registro de marca en otros países pertenecientes a la Unión de Madrid; así mismo, ofrece a los propietarios de una marca protegida en otro país la posibilidad de extender los efectos de ese Registro Internacional a Colombia (actuando como Parte Contratante designada).