Mapeo tecnológico

Este servicio de información tecnológica ofrece una visión panorámica cualitativa y cuantitativa mediante indicadores de patentes en relación con una tecnología especifica, un sector tecnológico, país o región en un tiempo determinado a través del análisis de patentes publicadas a nivel mundial.

El informe se realiza de acuerdo con las necesidades e información previamente establecida por el solicitante.

Beneficio de la información:

 - Identificar el comportamiento de una tecnología en el tiempo

 - Conocer necesidades del mercado

 - Conocer el posicionamiento de tecnologías frente a las necesidades del mercado

 - Conocer mercados y países donde se ha patentado

 - Determinar tendencias tecnológicas

 - Conocer posibles socios, productos y oportunidades de inversión

 - Conocer posibles licenciatarios

 - Identificar empresas o inventores líderes en una tecnología

 - Otros análisis competitivos

Los usuarios que requieran más información podrán solicitar orientación personalizada en este enlace o comunicarse al correo electrónico cigepi@sic.gov.co 

Elija el medio por el cual desea realizar su solicitud, podrá presentarla de manera virtual o en físico:

Virtual: Oficina Virtual de Propiedad Industrial SIPI

 En físico: Puntos de atención. En este caso se debe diligenciar el formato

PI03-F02 SOLICITUD MAPEO DE TECNOLÓGICO

Tenga en cuenta que debe:

1. Debe indicar la tecnología de la cual requiere encontrar información, indique las características técnicas, fórmulas, composiciones, aplicaciones y/o materiales, entre otros.

2. Indique en el formulario, el periodo de estudio (DD/MM/AA) para el mapeo tecnológico.

3. Realizar el pago de la tasa correspondiente, según la tarifa vigente.

Si presento la solicitud en físico, ¿Dónde debo realizar el pago?

En el Banco de Bogotá, Cuenta corriente No. 062754387. Utilice únicamente el formato de recaudo nacional código rentístico 01. Al radicar la solicitud debe anexar el recibo oficial de caja.

¿Los resultados obtenidos de la búsqueda tecnológica generan responsabilidad para la Superintendencia de Industria y Comercio?

De conformidad con el artículo 28 del Código Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo los resultados del mapeo tecnológico no generan responsabilidad para la Superintendencia de Industria y Comercio, ya que en el mencionado artículo se indica que la información entregada por la entidad no será de obligatorio cumplimiento o ejecución.

Los usuarios que requieran más información podrán solicitar orientación personalizada en este enlace o comunicarse al correo electrónico cigepi@sic.gov.co 

La respuesta al servicio de Mapeo tecnológico comprende los siguientes ítems: 

  • Finalidad  
  • Estrategia de búsqueda 
  • Resultados 
  • Tendencias tecnológicas 
  • Evolución tecnológica 
  • Países líderes 
  • Mercados potenciales 
  • Solicitantes de patentes 

Los usuarios que requieran más información podrán solicitar orientación personalizada en este enlace o comunicarse al correo electrónico cigepi@sic.gov.co