Protección de Datos Personales
La foto (dato biométrico) y la libertad de expresión.
La supresión del Dato Personal procede en casos de publicidad o marketing
Los derechos de las personas deben garantizarse por los Responsables del Tratamiento de Datos Personales.
No les corresponde a las centrales de información establecer la existencia o pago de una obligación dineraria
El bloqueo temporal de datos debe ser solicitado por el Titular de dicha información
Las personas no deben ser sometidas al escarnio público con reportes negativos sobre los cuales no existe certeza ni prueba de la veracidad de la información.
No es una buena práctica utilizar mecanismos para que tenga el mismo efecto que la persona ACEPTE o NO ACEPTE el tratamiento de sus datos personales.
La opinión, per se, no es susceptible de ser bloqueada por esta Superintendencia porque ello está por fuera del ámbito de nuestras competencias legales.
Superindustria reitera a la compañía de Créditos Rápidos S.A.S. que no puede reportar información sobre la cual no exista certeza de su veracidad.
Superindustria ratifica multa EPS Sanitas por alteración de formularios y no responder oportunamente los reclamos de los ciudadanos.