Protección de Datos Personales
No les corresponde a las centrales de información establecer la existencia o pago de una obligación dineraria
El bloqueo temporal de datos debe ser solicitado por el Titular de dicha información
Las personas no deben ser sometidas al escarnio público con reportes negativos sobre los cuales no existe certeza ni prueba de la veracidad de la información.
No es una buena práctica utilizar mecanismos para que tenga el mismo efecto que la persona ACEPTE o NO ACEPTE el tratamiento de sus datos personales.
La opinión, per se, no es susceptible de ser bloqueada por esta Superintendencia porque ello está por fuera del ámbito de nuestras competencias legales.
Superindustria reitera a la compañía de Créditos Rápidos S.A.S. que no puede reportar información sobre la cual no exista certeza de su veracidad.
Superindustria ratifica multa EPS Sanitas por alteración de formularios y no responder oportunamente los reclamos de los ciudadanos.
Superindustria ordena a Google LLC cumplir con la Ley 1581 de 2012
Superindustria ratifica orden a Uber para garantizar seguridad de los datos personales de los colombianos
Son contrarios a la Ley 1581 de 2012 los acuerdos de confidencialidad que fijen un tiempo para mantener la reserva de la información de los titulares.