Superindustria sancionó a Falabella por incumplir los tiempos de entrega de los productos adquiridos por los consumidores a través del comercio electrónico
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La SIC evidenció que la empresa infringió lo establecido en el Estatuto del Consumidor relacionado con garantizar los tiempos de entrega y demás condiciones informadas como parte de la calidad.
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La empresa incumplió con las órdenes de la SIC impartidas por el “día sin IVA” cuya finalidad era la de evitar que se causara daño o perjuicio a los consumidores.
Bogotá D.C., 18 de julio de 2023. La Superintendencia de Industria y Comercio, como autoridad de protección al consumidor, decidió una actuación administrativa en contra de FALABELLA DE COLOMBIA S.A., por CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($177.480.000), equivalentes a ciento cincuenta y tres (153) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
FALABELLA DE COLOMBIA S.A. fue sancionada por infringir el artículo 6 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), al demostrarse el incumplimiento en los tiempos establecidos e informados para la entrega de los productos adquiridos por los consumidores.
De igual manera, la sociedad investigada fue sancionada por no atender las órdenes que le fueron impartidas en relación con la protección del consumidor en el día sin IVA.
Contra el acto administrativo sancionatorio procede recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor y/o el de apelación ante la delegatura para la Protección del Consumidor.