Superindustria sanciona a Claro por vulnerar los derechos de los usuarios y reportar información inexacta

La Superintendencia inició la investigación a partir de 33 quejas de usuarios, junto con la información reportada por la compañía como respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad.

Bogotá D.C., 28 de octubre de 2020. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, impuso a la empresa COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. (CLARO) una multa de NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA PESOS ($983.139.360), equivalentes a 1.120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por vulnerar el derecho de libre elección de sus usuarios para terminar su contrato, al no dar cumplimiento a las solicitudes de terminación de contratos en el término establecido por la ley, y por remitir información inexacta sobre la presentación de quejas de sus usuarios ante la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago.

La Superintendencia inició la investigación a partir de 33 quejas de usuarios, junto con la información reportada por la compañía como respuesta a los requerimientos efectuados por esta Autoridad.

Se comprobó que CLARO no realizó la terminación del servicio en 3416 casos dentro del ciclo de facturación correspondiente. Adicionalmente, CLARO omitió tramitar solicitudes de terminación recibidas a través de la línea de atención telefónica, exigiendo a sus clientes un horario de atención diferente al establecido en la ley y, en otros casos, se exigieron requisitos adicionales para el trámite de la solicitud de terminación del contrato, e incluso se generó el cobro de facturas posteriores a la solicitud de terminación del contrato por parte de los clientes.

CLARO presentó información inexacta sobre las reclamaciones, pues informó a esta autoridad que durante el primer semestre del año 2018 recibió un total de 4.611 quejas relacionadas con la imposibilidad de terminación del contrato y cambio de modalidad de pospago a prepago en los servicios móviles, mientras que a MINTIC le reportó 28.060 casos durante el mismo periodo.

Contra la anterior decisión proceden los recursos de reposición y apelación.

 

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