Superindustria ordena a Avantel S.A.S informar a los usuarios en los términos exigidos por la ley

Identificó algunas irregularidades en la información suministrada al público en relación con los servicios ofrecidos
Superindustria ordena a Avantel S.A.S informar a los usuarios en los términos exigidos por la ley
Superindustria ordena a Avantel S.A.S informar a los usuarios en los términos exigidos por la ley

Bogotá D.C., 31 de marzo de 2021. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección al consumidor, con base en las acciones de inspección y vigilancia desplegadas sobre AVANTEL S.A.S EN REORGANIZACIÓN identificó algunas irregularidades en la información suministrada al público en relación con los servicios ofrecidos.

Conforme a lo evidenciado y, luego de advertir una afectación al interés general de los consumidores, la Superindustria ordenó a AVANTEL informar a sus usuarios a través de su página web, redes sociales, línea de atención y sus oficinas físicas de atención al público, lo siguiente:

1.    La existencia de algunas páginas de Internet en las cuales presuntamente se ha presentado la suplantación de su marca y de sus canales de atención.

2.    En el mismo anuncio, deberá aclarar que AVANTEL es una sociedad distinta de PARTNERS TELECOM COLOMBIA S.A.S. y su marca WOM. 

3.    Confirmar cuáles son los canales de atención que tienen dispuestos para comercializar sus servicios y atender las peticiones, quejas, reclamos y recursos (PQR) de sus usuarios.

4.    Incluir en su sitio web un banner estático y destacado en su página de inicio en el cual suministre de manera clara y precisa la información a que hacen referencia los numerales anteriores.

Dicha información deberá ser divulgada a partir del 1° de abril de 2021 y por un término de seis (6) meses.

Esta orden es de cumplimiento inmediato y en contra ella no procede recurso alguno. Su incumplimiento dará lugar a la imposición de multas de hasta mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

Documento:

Resolución número 17235 de 2021

 



¡Superintendencia de Industria y Comercio,

confianza que construye progreso!

 

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